El pasado 23 de febrero entró en vigor el Decreto 12/2021, de 22 de enero, del Consell de regulación de la declaración responsable para la primera ocupación y sucesivas de viviendas. Como si de una saga cinematográfica se tratase, esta norma es la última –esperemos– de la trilogía que nos ha querido brindar la Comunidad Valenciana.

Todo comenzó con la Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación que, entre otras cuestiones, sometió a licencia el régimen de primera y sucesivas ocupaciones de vivienda. Es decir, no se reconocía el derecho a ocupar la vivienda hasta que el ayuntamiento comprobara y otorgara la licencia por entender que todo estaba correcto.

Posteriormente se promulgó la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP) que únicamente modificó la regulación para abandonar el sistema de licencias e introducir el régimen de declaración responsable. A diferencia de las licencias, el interesado ya no tenía que esperar a que el ayuntamiento respondiera, pues la declaración surte efectos desde su presentación. Sin embargo, la Ley 3/2004 continuaba vigente en todo lo demás –función, exigibilidad, plazo de renovación, etc.– ya que no se produjo una derogación expresa.

Quizá hubiera sido más lógico y sencillo simplemente modificar la Ley 3/2004 para que así toda la regulación sobre esta materia quedara en una única norma, pero la lógica y la sencillez estaban ausentes el día de la decisión. Mejor mantener dos leyes distintas sin que ninguna de ellas se refiera a la otra para así aumentar la seguridad jurídica. Porque la Ley 3/2004 sí contiene una referencia a la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística –derogada por la Ley Urbanística Valenciana, derogada su vez por la LOTUP– pero no se pudieron molestar ni siquiera en modificar esa referencia para mantenerla actualizada con la norma vigente en cada momento. Mejor dejar que cualquier interesado en conocer la normativa tenga que acceder a una ley que aparece vigente, pero tenga comprobar si las leyes a las que hace referencia han sido derogadas, siguiendo la pista de las migajas de derogación-promulgación hasta encontrar la vigente actualmente.

Ahora, siete años más tarde, la presión ejercida por el público que quedó maravillado con las dos primeras entregas, ha forzado a nuestros legisladores a deleitarnos con una tercera.

Una nueva ley hubiera perdido la gracia, pues no quedaba demasiado por regular y se hubiera tenido que derogar, aunque fuera tácitamente, alguna de las dos anteriores. Por suerte nuestros legisladores contaban con un as bajo la manga, el decreto. Este tipo de norma está por debajo jerárquicamente de la ley, por lo que no puede derogarla ni, evidentemente, contradecirla. Esto ha servido de excusa para que este Decreto 12/2021 diga lo mismo que la Ley 3/2004, aunque con otras palabras –en eso sí se han molestado–.

Es cierto que, tal y como se dice en el preámbulo del decreto, este ha servido para unificar la regulación en todos los municipios, pues se ha establecido la documentación a presentar y el procedimiento para ello. En este sentido, sería interesante estudiar si dicha regulación podría excederse de lo permitido por ir en contra de la establecida en la Ley 3/2004.

Por si todo este lío fuera poco, el propio decreto indica que está desarrollando la LOTUP, pues no puede desarrollar la Ley 3/2004 si esta establece un régimen de licencias. Esto conlleva que cuando se accede a esta última ley, no aparezca este decreto dentro del listado de normas que la han desarrollado. Sin embargo, como la Ley 3/2004 no ha sido derogada expresamente, este decreto no puede contradecir lo establecido en la misma. Algo parecido ocurre con la LOTUP, que tampoco aparece en el listado de normas que han modificado la Ley 3/2004, pues, como se ha dicho, no se optó por la modificación sino por la contradicción y, por lo tanto, derogación tácita de lo contradicho.

Por lo tanto, si alguien se topa con la Ley 3/2004, verá una ley vigente, que no hace referencia ni a la LOTUP ni al reciente Decreto 12/2021, si bien son estas dos normas las que realmente contienen la regulación actual de la primera y sucesivas ocupaciones, debiendo esta última, además, no contradecir lo establecido en la Ley 3/2004 a pesar de estar desarrollando la LOTUP.