Asimismo, nos encargamos del asesoramiento y presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los impuestos indirectos, que son los que se aplican sobre una manifestación indirecta de la capacidad económica; es decir, sobre la circulación de la riqueza, bien por actos de consumo o bien por actos de transmisión:
– Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
– Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
– Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras.
Por lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), nuestro despacho presta abundante dedicación a la doctrina jurisprudencial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pues dicta numerosas interpretaciones en materia de este impuesto que son directamente aplicables en los estados miembros. Asimismo, asesoramos sobre la tributación en el IVA en función del lugar de la entrega del bien o prestación del servicio, según operaciones internar, importaciones, exportaciones y operaciones intracomunitarias.
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