Normativa:

– Decreto 8/2020, de 13 de junio, del Presidente de la Generalitat (DOGV de 13 de junio)

– Acuerdo del Consell de 19 de junio, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19 (DOGV de 20 de junio)

– Acuerdo del Consejo de 17 de julio sobre medidas de prevención frente a la Covid-19 (DOGV de 18 de julio)

– Resolución de 17 de agosto de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, para la adopción de las medidas establecidas en el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19

Medidas en vigor:

1. Los comercios minoristas y de prestación de servicios deberán reducir su aforo al 75%.

2. Los centros comerciales deberán reducir su aforo al 75%.

3. Los locales de hostelería deberá recudir su aforo al 75% (100% en terrazas), con un máximo de 10 personas por mesa o grupo de mesas, manteniendo una distancia mínima de 1,5 metros entre ellas.

4. En los locales de hostelería i restauración, se permite el consumo en barra siempre que se garantice una distancia mínima de seguridad entre clientes.

5. Se ha decretado el cierre de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas.

6. Se recomienda el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, evitando al máximo posible el uso de dinero.

7. No se podrá fumar en la vía pública o en un espacio al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos 2 metros.